En 1917 se produjo un hecho de gran importancia histórica: la “Declaración Balfour”. Se conoce con ese nombre a la carta enviada el 2 de noviembre de 1917 por lord Arthur Balfour, canciller británico, a lord Lionel Rothschild, representante del Comité Directivo de la Organización Sionista Internacional.
Lord Arthur Balfour |
El texto de la carta era el siguiente: “El gobierno de Su Majestad Británica contempla favorablemente el establecimiento en Palestina de un hogar nacional para el pueblo judío y pondrá su mejor empeño en facilitar el logro de ese objetivo, entendiéndose claramente que no se hará nada que pueda perjudicar los derechos civiles de las comunidades no judías existentes en Palestina, o los derechos y el status político de que gozan los judíos en cualquier otro país”.
De esta forma, Inglaterra apoyó la intención del movimiento sionista de establecer un estado judío, llamándole “hogar nacional judío”, a pesar de la ambigüedad de la Declaración al no establecer los límites y carecer de definición de dicho hogar judío.
De acuerdo con el historiador británico Arthur Koestler, “La Declaración Balfour constituye uno de los documentos políticos más increíbles de todos los tiempos. Es un documento por el cual una primera nación, promete solemnemente, a una segunda nación, el país de una tercera nación”.
El 25 de marzo de 1919, la comisión sionista hizo un llamamiento a los judíos de Palestina para reunirse en una Asamblea Constituyente. Esta convocatoria se hizo con el consentimiento del gobierno inglés, que la aprobó desde abril de 1918. La asamblea provisional designó al doctor Chaim Weizmann (futuro primer presidente de Israel) y a M. Nahum Sokolow, líderes sionistas, para que representaran a ese partido en la Conferencia de la Paz.
Chaim Weizmann |
La asamblea dio instrucciones a sus delegados para que procuraran por todos los medios “persuadir a las potencias para que Inglaterra sea nombrada como encargada de la tutoría de Palestina y que se ponga de acuerdo con el nuevo gobierno con el fin de ayudarle a organizar la nueva república. Asimismo, deben ver porque Inglaterra designe un Consejo, de acuerdo con la organización sionista, para que represente al pueblo judío”.
Bajo los criterios del acuerdo Sykes-Picot, del cual hablé en la entrada anterior, los ingleses y franceses llegaron a un arreglo en 1919, dividiéndose los territorios que pertenecían al Imperio Otomano antes de la Primera Guerra Mundial, preservando la promesa contenida en la Declaración Balfour.
El 25 de abril de 1920, el Supremo Consejo de las Fuerzas Aliadas y Asociadas, decidió en la Conferencia de San Remo que el gobierno inglés ejercería un Mandato sobre Mesopotamia y Palestina, segregadas ya del Imperio Otomano.
La razón de esto fue que el Supremo Consejo consideró que así lograría establecer dentro de los antiguos límites de la Tierra santa lo que llamó “un hogar nacional para los judíos”.
Los términos del mandato protegían los derechos nacionales de los ciudadanos judíos en otros países, es decir, que un judío podía ser ciudadano de cualquier nación y seguir siendo ciudadano de Palestina.
El 9 de mayo de 1920 se reunió en la ciudad de Nueva York una conferencia de la Organización Sionista de América, cuyo objetivo fue preparar la inmigración gradual de 4,000,000 de judíos a Palestina que, conforme las decisiones de la Conferencia de San Remo, sería reconocida como el territorio de la nación judía, bajo el mandato de la Gran Bretaña.
La conferencia fue presidida por M. Brandeis, miembro de la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos. Según expresó el Comité Sionista, “el acto histórico practicado en San Remo el 24 de abril de 1920 satisfaciendo las aspiraciones tradicionales del pueblo judío, brinda a éste una oportunidad inmediata de conquistar en el mundo civilizado el puesto que ha constituido su anhelo de veinte siglos, por medio del trabajo y de la organización, en un campo en el que los ideales judíos podrán ser libres y donde el espíritu judío estará en libertad de manifestarse de acuerdo con sus tradiciones de justicia social y de rectitud”.
Asimismo, establecieron que “los principios que regirán a la nación judía serán la igualdad política y civil, sin distinción de raza, sexo, ni religión, para todos los habitantes: igualdad de condiciones, para el pueblo entero -respetando los derechos existentes- para lograr el control de la propiedad de las tierras, y de los recursos naturales y riquezas públicas del país; aplicación de los principios de cooperativas tan ampliamente como sea posible, en la organización de todas las empresas agrícolas, industriales, comerciales y financieras, y adopción de una política fiscal que preserve al pueblo de la especulación de la tierra y de cualquier otra forma de opresión financiera”.
Se decidió además organizar la inmigración a Palestina a un ritmo de 50,000 judíos por año, con el fin de evitar “una avalancha de inmigrantes que inunde la Palestina”.
El 4 de julio de 1920 se celebró en Checoslovaquia otra convención en la que se discutió un plan para la reconstrucción de Palestina. El programa comprendía obras de desecación de pantanos, construcción del puerto de Haifa e implantación de fábricas de zapatos, vestidos, aceite, jabón y otras empresas comerciales e industriales.
El mandato de la Gran Bretaña se formalizó al firmarse el Tratado de Paz con Turquía el 10 de agosto de 1920, y al responsabilizarse los ingleses a establecer en Palestina un hogar nacional judío. Sin embargo, el tratado nunca fue ratificado.
Al crearse en 1922 la Sociedad de Naciones, ésta ratifica de inmediato el mandato inglés en Palestina y obliga a la potencia mandataria a concretar los objetivos de la Declaración Balfour.
Charles Rousseau estima que “el mandato A, se aplicó a algunas comunidades separadas del Imperio Otomano, dotadas de existencia política propia, con vocación de independencia total y provisionalmente sometidas a la administración mandataria, considerándose que esta última debía cumplir el papel de guía y consejero. En este régimen se incluyeron Siria, Líbano (bajo mandato francés), Palestina, Irán y Transjordania (bajo mandato británico). En verdad se trataba de Estados en el sentido pleno de la palabra... cuyo acceso a la independencia quedaba momentáneamente diferido”.
Sede de la Sociedad de Naciones en Ginebra, Suiza |
El período del mandato se caracterizó sobre todo por el creciente odio entre judíos y árabes donde el sentimiento religioso y racial tuvo mucho que ver. El conflicto se originó por la posesión material del Muro de las Lamentaciones. Para los judíos, la vetusta construcción representa el último vestigio de su templo en Jerusalén y para los musulmanes, el punto de partida de Mahoma en su viaje celeste en la “noche del poder”.
La coincidencia en fechas de la conmemoración de la destrucción del templo para los judíos y para los musulmanes del nacimiento de Mahoma, no podía sino favorecer las posibilidades de un encuentro violento, pues si los siglos habían dado a los judíos el derecho de orar al pie del histórico muro, éste, sin embargo, se levantaba en territorio musulmán.
Muro de las Lamentaciones en Jerusalén |
Debido a esto y a la creciente inmigración de judíos, una delegación de árabes palestinos presentó en el Parlamento inglés las siguientes demandas:
1.- La formación de un gobierno nacional, responsable ante un parlamento electo por la población nativa, es decir, musulmanes, cristianos y judíos;
2.- La abolición del principio del hogar nacional judío por ser excluyente hacia la población árabe;
3.- Poner fin a la inmigración judía hasta la formación del gobierno nacional, el que decidiría la política migratoria;
4.- La sujeción de Palestina a la legislación otomana de antes de la guerra y no a los reglamentos de las fuerzas británicas; y
5.- Que Palestina no sea separada de los Estados árabes vecinos.
Estas demandas se enviaron también al Secretario Colonial y a la Comisión Permanente de Mandatos de la Sociedad de Naciones.
Al mismo tiempo comenzó un movimiento de resistencia árabe-palestina en contra de la autoridad mandataria británica. Esta resistencia podemos dividirla en tres períodos:
1.- El de la negociación.
2.- El de la resistencia.
3.- El de la rebelión.
El primer período se ubica en la primera mitad de la década de los veinte y se caracteriza por una política de obstrucción y de persuasión ante la autoridad mandataria. Se rechazó la propuesta de la creación de un Consejo Legislativo, un Consejo de Asesoría y una Agencia Árabe, propuestas por los británicos.
El segundo período se ubica entre 1926 y 1933. En 1928, en el Congreso Árabe Palestino se decidió establecer un Poder Ejecutivo de 48 miembros que se erigiría como vocero del movimiento nacional ante los británicos.
En 1929, el Gran Muftí de Jerusalén (título que se le otorga al más importante de los intérpretes de la Sharia o ley islámica en el mundo musulmán) declaraba que la ambición y la codicia de los judíos habían provocado el estallido de la violencia con objeto de hacer presión sobre el gobierno británico. Indicó que si los ataques de los árabes hubieran sido premeditados, se habrían dado pasos para atacar simultáneamente todas las colonias judías, cortando los alambres telegráficos y telefónicos y adoptando otras medidas. Se quejó también de que, mientras los judíos pueden transitar sin ser molestados por los barrios árabes, los árabes no se arriesgan a entrar a los barrios judíos sin escolta.
En 1930 se envió una delegación a Londres, compuesta de los cinco líderes más importantes del movimiento, para demandar la suspensión de la inmigración judía, que se declarara la inalienabilidad de la tierra árabe y el establecimiento de un sistema democrático, en el que participarían los habitantes de Palestina según su proporción numérica. Estas propuestas fueron rechazadas.
Al tiempo que esto sucedía, se descubrió la existencia de la famosa “Carta Negra”, que contenía negociaciones entre la Agencia Judía y el gobierno británico, el cual aceptaba el derecho de contratación exclusiva de las empresas judías, la inalienabilidad de las tierras compradas por los judíos y el criterio de cuotas migratorias.
En 1931, se creó una Banca Árabe y la Caja de la Nación. En 1933 se convocó a una Gran Reunión Nacional por parte del Ejecutivo del Congreso Árabe Palestino para proclamar la política de no cooperación con la administración británica y de boicot contra los productos judíos.
Con esto se inicia el tercer período, que podemos ubicarlo entre 1933 y 1948.
En abril de 1936, los partidos nacionalistas fundaron el Alto Comité Árabe. En ese mismo año se hizo un llamamiento a la desobediencia civil, al cese del pago de impuestos, al paro del gobierno municipal, el cierre de negocios árabes y la suspensión de transportes.
Todo esto provocó el estallido general de la violencia entre árabes y judíos, por lo que el Comité Árabe declaró una huelga general que debía durar hasta que los ingleses suspendieran la inmigración judía. La huelga duró seis meses, pero en vez de ayudar a los palestinos los perjudicó, ya que los judíos se beneficiaron de ella al aumentar su autonomía económica respecto del sector árabe, además de que los británicos no suspendieron la inmigración.
Ante el clima de violencia reinante, Inglaterra envió a Palestina una Comisión Real, la Comisión Peel, para estudiar la situación. La Comisión llegó a la conclusión de que, en vista de que las promesas hechas a los sionistas por un lado y a los árabes palestinos por otro, eran incompatibles, el mandato en su forma actual era impracticable. Por lo anterior, el informe recomendaba la partición de Palestina y la creación, por consiguiente, de dos estados, uno árabe y otro judío. La propuesta fue rechazada por la Sociedad de Naciones, quien aconsejó la prolongación del mandato británico; también fue rechazada por los palestinos.
Estando así la situación, estalló la Segunda Guerra Mundial (1939), lo que obligó a Inglaterra a mantener la mayor estabilidad política en la región. Por esto, decidió ofrecer a los líderes árabes solucionar el problema y reconsiderar la posición del movimiento nacionalista en una mesa redonda. Para ello, los ingleses redactaron el “Libro Blanco” (1939). Dicho documento proponía una Palestina unitaria, binacional, con mayoría árabe, que alcanzaría su independencia en 10 años. También se reducía la inmigración judía, de manera que se aceptara una cuota migratoria de 75,000 judíos en cinco años, pero restringiéndose y reglamentándose la compra de tierras por parte de los judíos. Este “Libro Blanco” fue rechazado por los árabes y los judíos, pues no establecía un límite al mandato.
(Continuará)
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